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Extinción por voluntad del trabajador (art. 50 ET)

Carta de extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario.

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3/7/2026

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Asunto: EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR (art. 50 ET)

Muy Sres. míos:

Por medio del presente escrito, y al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, comunico mi decisión de instar la extinción de mi contrato de trabajo con efectos de [effectiveDate], en el puesto de [jobTitle], por concurrir un incumplimiento grave y culpable del empresario, consistente en: [reason].

Solicito, en consecuencia, el abono de la indemnización prevista para el despido improcedente, así como la liquidación de haberes pendientes, vacaciones no disfrutadas y demás cantidades adeudadas. Me reservo la acción de reclamación ante el Juzgado de lo Social competente.

Atentamente,

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Extinción por voluntad del trabajador (art. 50 ET) es una herramienta diseñada para ayudar a particulares, autónomos y pymes en España a navegar un trámite legal o administrativo concreto. Carta de extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario.

El generador produce un texto listo para su uso, redactado conforme a la práctica forense española y a las fórmulas propias del procedimiento correspondiente. No sustituye el asesoramiento profesional, pero permite acudir preparado a la primera consulta.

Cada resultado se apoya en fuentes públicas: BOE, sitios de los Ministerios, del CGPJ y de las autoridades competentes. La sección "Fuentes Oficiales" que aparece más abajo enumera las referencias normativas empleadas.

Cuándo usar esta herramienta

  • Preparación de una gestión extrajudicial antes de contactar con un abogado.
  • Verificación de plazos, importes o requisitos indicados en una comunicación recibida.
  • Simulación de distintos escenarios para valorar la mejor estrategia.
  • Redacción de documentación complementaria para un recurso, una reclamación o una negociación.

Metodología y base legal

El modelo aplica las fórmulas y modelos redaccionales derivados de la legislación española vigente y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo más reciente.

El resultado tiene valor orientativo: la jurisprudencia deja márgenes de apreciación al juez y las prácticas de cada Comunidad Autónoma o Colegio de Abogados pueden diferir de la media nacional.

Preguntas frecuentes

¿El resultado tiene valor jurídico?

No. La información ofrecida tiene fines puramente informativos y educativos. Para un dictamen vinculante debe consultarse a un abogado colegiado.

¿Las fuentes están actualizadas?

La redacción revisa periódicamente el BOE y las publicaciones ministeriales. Ante reformas en tramitación se recomienda comprobar el texto legal directamente en el enlace facilitado.

¿Puedo utilizar el documento en un procedimiento judicial?

El texto generado es un borrador. Antes de presentarlo debe ser revisado por un profesional, sobre todo si implica asumir obligaciones o renunciar a derechos.

¿Cómo se protegen mis datos?

Los cálculos y la generación de documentos se realizan en su navegador; ningún dato introducido se transmite ni se almacena en nuestros servidores.

Esta herramienta se ofrece con carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para asuntos complejos o contenciosos, consulte a un abogado colegiado.

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La información proporcionada en esta plataforma tiene fines exclusivamente educativos e informativos. No constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Consulte siempre a un profesional cualificado en su jurisdicción.